SFC presenta las bases para la contratación del servicio de asistencia técnica denominado «Dirección General de Proyecto «

BASES PARA LA CONTRATACIÓN POR PARTE DE SPAIN FILM COMMISSIO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DENOMINADO “DIRECCIÓ GENERAL DEL PROYECTO ”
 
A. OBJETO.
Es objeto de las presentes bases regular las condiciones para la contratación,
por parte de la Asociación Española de Comisionados de Filmaciones de Cine y
TV (en adelante Spain Film Commission ó SFC) del servicio de asistencia técnica
denominado “Dirección General del proyecto ”,
por el que un/a profesional de primer nivel asumirá la responsabilidad de la
Dirección General del conjunto de proyectos y actividades financiados con
cargo a la subvención concedida por el Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital por Real Decreto 937/2021, de 26 de octubre, por el que
se regula la concesión directa de una subvención a Spain Film Commission en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del
programa “Spain Audiovisual Hub”.
 
B. FUNCIONES.
Con la autonomía de funciones y medios propia de los profesionales
independientes, reportando directamente a la Presidencia de SFC, y ante el
resto de órganos de gobierno de la entidad, de acuerdo con el régimen de
competencias estatutariamente determinadas, el/la profesional contratado
desarrollará para SFC, siguiendo los planes estratégicos y operativos aprobados
por los órganos indicados, el servicio de Dirección General de la ejecución de
los proyectos incluidos en la subvención otorgada por el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital por Real Decreto 937/2021, de 26 de
octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Spain
Film Commission en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, incluyendo:
• Dirección general y seguimiento de las empresas y profesionales
contratados por la SFC para el desarrollo de este proyecto.
• Responsabilidad de la adecuada justificación y seguimiento de los
fondos asignados, así como de aquellos otros que, relacionados con
los proyectos mencionados, puedan generarse, dirigiendo, a tal fin,
el mantenimiento y la elaboración de cuantas memorias y
documentos o archivos similares sean precisos.
• Elaboración, seguimiento y control de la ejecución de los proyectos
de planes estratégicos y planes anuales de acción para el adecuado
desarrollo de los objetivos marcados por la Presidencia y otros
órganos competentes de SFC.
• Atención y respuesta a los requerimientos que, desde el Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, o desde cualesquiera
otros órganos competentes de las Administraciones públicas, de
ámbito europeo, nacional, autonómico o local, puedan derivarse de
las anteriores tareas.
• Dación de cuentas periódica y permanente del conjunto de las
acciones desarrolladas ante los órganos competentes de SFC.
• Ejercicio de cuantas funciones, en el estricto marco de este proyecto,
de acuerdo con los estatutos de SFC, puedan serle atribuidas, bien
por delegación de órganos sociales, o por apoderamiento conforme a
derecho.
 
 
C. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.
Estas bases se publicarán íntegramente, en la Sede Electrónica de SFC http://
www.shootinginspain.info. Igualmente, y para mayor publicidad y
transparencia, se publicará un anuncio en el perfil institucional de SFC en la
red social profesional LinkedIn.
 
 
D. REQUISITOS DE LOS/LAS PROFESIONALES INTERESADOS/AS.
Los/las profesionales interesados/as en participar en este proceso de
contratación de servicios deberán reunir los siguientes requisitos:
• NACIONALIDAD/RESIDENCIA: Ser nacional de alguno de los Estados
Miembros de la Unión Europea o, si no son nacionales, contar con permiso
de trabajo y residencia en cualquiera de los estados miembros de la
Unión Europea.
• TITULACIÓN UNIVERSITARIA: Estar en posesión de Licenciatura (sistema
pre-Bolonia) y/o Máster (sistema Bolonia), o titulación equivalente
homologada oficialmente. Se considerará cualquier disciplina que, de
modo justificado, y a juicio del órgano de contratación, sea idónea y
guarde correspondencia con el contenido y las funciones propias del
puesto de trabajo.
• IDIOMAS:
a) Conocimiento avanzado de español, con nivel C2 debidamente
acreditado mediante título oficial generalmente reconocido conforme al
sistema europeo de acreditación de conocimiento de idiomas (CEFR). Se
eximirá de acreditación a quienes ostenten nacionalidad de un país cuyo
idioma oficial sea el español.
b) Conocimiento avanzado de inglés, con nivel C2, debidamente
acreditado mediante título oficial generalmente reconocido conforme al
sistema europeo de acreditación de conocimiento de idiomas (CEFR). Se
eximirá de acreditación a quienes ostenten nacionalidad de un país cuyo
idioma oficial sea el inglés.
En el caso de no disponer de certificado oficial, podrá, a juicio del órgano
de contratación, acreditarse mediante prueba práctica que se convocará
al efecto.
c) Se valorarán conocimientos de otros idiomas oficiales de trabajo en la
Unión Europea (francés y/o alemán). En el caso del tercer o cuarto
idioma no será necesaria acreditación documental, pudiendo acreditarse
mediante entrevista, que será potestativa a juicio del órgano de
selección.
• HERRAMIENTAS DIGITALES: Manejo a nivel de usuario avanzado de
herramientas digitales: Internet, Microsoft Office (Word, Excel, Power
Point) o similar, Redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, etc.).
• EXPERIENCIA ACREDITADA:
o Será requisito indispensable, acreditar un mínimo de 5 años de
experiencia en el sector audiovisual, en concreto en la industria
de los rodajes.
o Será, igualmente, requisito indispensable acreditar experiencia
en gestión superior de proyectos y recursos públicos, privados y
público-privados, en entidades de nivel equivalente al de la Spain
Film Commission, incluyendo la dirección y gestión de equipos,
contratación y gestión de contratos de servicios con consultores,
asesores, abogados y/o auditores en proyectos nacionales e
internacionales, así como diseño y puesta en marcha de sistemas 
de control de planes a través de indicadores de gestión y de
impacto.
o Se valorará la experiencia acreditada como film commissioner.
o Se valorará la experiencia acreditada experiencia en materia de
reporte a entidades públicas de control en materia contable,
mercantil y/o tributaria.
o Se valorará la experiencia acreditada en el desarrollo, puesta en
marcha y gestión de proyectos de innovación cultural y/o
tecnológica, con especial referencia al sector audiovisual
Los anteriores requisitos deberán poseerse, como máximo, el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo
el proceso de contratación, así como mantenerse, en su caso, a lo largo de toda
la duración del contrato.
E. REQUISITOS DE DISPONIBILIDAD:
El/la profesional contratado deberá estar plenamente disponible para
atender sus funciones en horario de mañana, tarde, fines de semana y festivos,
según necesidad, así como para viajar, en España y con carácter internacional.
Igualmente, el/la profesional contratado/a deberá contar con una
residencia/oficina profesional en la Comunidad Autónoma de Madrid, en el
plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato, y mantenerla a lo largo
de toda su duración, no considerándose gastos de viaje, alojamiento o
manutención en dicho territorio, sin perjuicio de los gastos de representación
que se mencionan en el apartado correspondiente de estas bases.
 
 
F. OTRAS CONDICIONES DE DESARROLLO DE LOS SERVICIOS.
El/la profesional que preste la asistencia técnica objeto de este contrato
asumirá el compromiso de SFC con los estándares más exigentes en relación con
el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las
medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los
conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los
incumplimientos observados.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del Plan de Recuperación,
Transformación Resiliencia en el que se integra el proyecto que da origen a la
presente contratación, se comprometerá a respetar los principios de economía
circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente 
(«DNSH» por sus siglas en inglés «do no significant harm») en la ejecución de
las actuaciones llevadas a cabo en el marco del contrato.
 
 
G. TIPO DE CONTRATO.
Contrato mercantil de servicios profesionales/asistencia técnica.
El/la profesional contratado/a deberá estar en alta en el régimen de
trabajadores autónomos de la Seguridad Social en la fecha de la firma del
contrato, y mantener dicha condición o la que, en su caso, legalmente la
sustituya, a lo largo de toda la duración del contrato.
H. DURACIÓN.
El contrato de servicios entrará en vigor en la fecha de su firma, y extenderá
su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo prolongarse a su
vencimiento hasta un año adicional -por voluntad exclusiva de la SFC
manifestada con una antelación máxima de 3 meses a su vencimiento ordinariopara la atención a las obligaciones derivadas del cumplimiento del proyecto
Spain Audiovisual Hub de SFC frente a las Administraciones Públicas
responsables.
El contrato podrá ser rescindido antes del vencimiento por las siguientes causas:
• Muto acuerdo de las partes, con las consecuencias que libremente
determinen.
• Por terminación anticipada de la financiación comprometida por el
Ministerio de Asuntos Económicos, por cualquier causa, sin derecho a
indemnización alguna.
• Por voluntad unilateral de cualquiera de las partes, mediando una
notificación mínima de 3 meses a la fecha de finalización. La parte que
decida la terminación unilateral deberá indemnizar a la otra con una
cantidad equivalente a media anualidad del precio contrato.
 
 
I. PRECIO DEL CONTRATO.
El precio máximo del contrato por todos sus conceptos se fija en 100.000
euros/año (IVA no incluido), o cantidad que resulte de aplicar a un cómputo
anual la baja propuesta por la oferta finalmente seleccionada.
Para la anualidad 2022 la cuantía será proporcional en caso de duración
inferior a un año natural. Para anualidades adicionales, a partir de la 2023, se
aplicará la variación que haya experimentado el IPC general en el periodo anual
natural anterior.
Serán por cuenta de SFC los gastos de representación y
viaje/manutención, que sean precisos para el cumplimiento de las funciones
propias del contrato, conforme a los procedimientos, cuantías y requisitos que
establezcan los órganos competentes de SFC. Igualmente serán por cuenta de
SFC los gastos relativos a registro e inscripción en acciones de promoción,
comerciales o similares, tales como: mercados, ferias, encuentros o congresos,
así como los de visados o similares, en los que el profesional deba incurrir para
el cumplimiento del contrato, siempre de acuerdo con los procedimientos de
autorización previa que establezca SFC.
Serán por cuenta del profesional contratado, cualesquiera otros gastos u
obligaciones de contenido económico, incluyendo las primas de seguro de
responsabilidad, cuotas de pertenencia a colegios o entidades profesionales,
cuotas de seguridad social/autónomos, y similares, que le correspondan por
razón de su actividad profesional, así como los recursos y medios de cualquier
naturaleza necesarios para el desarrollo de sus servicios, sin perjuicio del uso
de aquellos que SFC ponga a su disposición para el mejor fin del contrato.
El abono del precio se realizará dividiendo la cantidad correspondiente
al año natural, en 12 mensualidades iguales, pagaderas en el plazo máximo de
30 días desde la fecha de registro de la factura en el registro de SFC.
 
 
J. COMPATIBILIDAD
El desarrollo de las funciones de este contrato es compatible con otras
actividades profesionales por parte del contratista, si bien la preferencia en
términos de tiempo y calidad de la atención a las obligaciones de este contrato,
deberán garantizarse plenamente, pudiendo dar lugar a rescisión unilateral del
contrato, con exigencia de las responsabilidades que pudieran derivarse de una
deficiente ejecución del contrato en perjuicio de SFC.
El contrato es absolutamente incompatible durante su vigencia con el
ejercicio de actividades o servicios profesionales, dependientes o autónomos,
con carácter individual o para cualesquiera entidad pública o privada que
desarrolle actividad en el sector audiovisual, en España o en el extranjero, a
excepción de aquellas que supongan la colaboración con otras entidades del
sector en directa ejecución del contenido del presente contrato.
El contrato es igualmente incompatible con la prestación de servicios
profesionales para entidades públicas o privadas que concurran con SFC, o sean
sus proveedores o clientes, o con el carácter individual de cliente o beneficiario
de acciones de SFC vinculadas a las funciones propias del presente contrato.
El contrato es incompatible con la condición de asociado de la SFC, si
bien podrá un/a asociado/a los asociados presentar oferta si cumplen los
requisitos, bajo la condición de presentar su renuncia a tal condición con
carácter previo a la firma del contrato, en caso de resultar adjudicatario/a.
La incompatibilidad de actividades o servicios profesionales
dependientes o autónomos, con carácter individual o para cualesquiera entidad
pública o privada que desarrolle actividad en el sector audiovisual, se extenderá
por el plazo de 12 meses desde la finalización regular o anticipada del presente
contrato.
 
 
K. PROPUESTAS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE
CONTRATACIÓN.
Los/las profesionales que, cumpliendo los requisitos establecidos en
estas bases, estén interesados/as en participar en este proceso presentarán su
oferta conforme al modelo que se acompaña como Anexo I de las presentes
Bases.
Las ofertas se dirigirán a la Secretaría General de SFC y se presentarán
de forma electrónica en el correo siguiente:
buzonhub@spainfilmcommission.org.
La convocatoria del presente procedimiento se publicará en la página
principal del portal web de SFC (www.shootinginspain.info), publicándose
igualmente un anuncio en el perfil institucional de SFC en la red social
profesional LinkedIn.
 
 
L. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
El plazo de presentación de ofertas será hasta las 15.00 horas (hora local
de Madrid) del viernes día 21 de enero de 2022.
Los/las profesionales interesados en tomar parte en este proceso
prestarán expresamente su consentimiento al tratamiento de sus datos de
carácter personal (indicándolo así en el modelo de propuesta) recogidos en su
oferta y a su publicación en la web oficial de SFC y, en general, en cualquier
medio que se utilice para la comunicación de la resolución del proceso y para
la correcta preparación y ejecución de las diferentes fases del mismo. La falta
de prestación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión de la oferta
presentada al estar regido el presente proceso por el principio de publicidad.
A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
– Copia cotejada del DNI en vigor o documento equivalente.
– “Curriculum vitae” firmado electrónicamente.
– Copia cotejada del/de los Certificados/Acreditación del nivel de
idiomas exigidos, en su caso.
– Copia cotejada, en su caso, del permiso de residencia y trabajo en la
UE.
Conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como El Reglamento
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, se
informa que la SFC es la responsable del tratamiento de los datos facilitados a
través de la oferta y que los mismos serán tratados con la finalidad de la
selección del contratista recogido en estas bases.
La legitimación de este tratamiento de datos reside en el consentimiento
que otorgan los/las profesionales interesados/as en virtud de su oferta
voluntaria. Los destinatarios de los datos serán los departamentos de esta
entidad implicados en el presente proceso, así como los órganos de gestión o
control de las Administraciones Públicas a los que legalmente se deban
comunicar. En caso de producirse alguna modificación en los datos de las
personas interesadas, se ruega que lo comuniquen debidamente. Transcurrido
un año desde la recepción del currículum vitae, se procederá a su destrucción
segura.
Los datos podrán ser publicados en la página Web de SFC y serán
conservados el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que han
sido recabados. Las personas que participen en este proceso pueden ejercitar
sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, así
como a los otros derechos, desarrollados en el Reglamento General de
Protección de Datos, digiriéndose al responsable a través de la dirección postal
Plaza Mayor, 1, 47001, Valladolid o vía email
coordinacion@spainfilmcommission.org, adjuntando copia del DNI.
M. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación es la Junta Directiva de SFC, cuya composición consta
en la web de la entidad, actuando como Presidente y Secretario del órgano
quienes lo son estatutariamente de la SFC.
 
 
N. VALORACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Terminado el plazo de presentación de ofertas, el secretario del órgano de
contratación elaborará un listado con los datos de aquellas ofertas que cumplan
los requisitos, listado que se remitirá a la Comisión Ejecutiva de SFC que
elaborará a su vez una shortlist de las 3 mejores ofertas teniendo en
consideración los perfiles y ofertas presentadas. La shorlist será analizada por
la Junta Directiva, convocada al efecto por el Presidente en sesión 
extraordinaria de la Junta Directiva, con este asunto como único del orden del
día, pudiendo decidir, en caso que así lo considere, la convocatoria de los
ofertantes a una entrevista profesional.
La Junta Directiva, valorando libremente las ofertas presentadas, propondrá la
contratación del/de la profesional que, en valoración conjunta de todas sus
condiciones, y cumpliendo los mínimos exigidos, considere más idóneo/a para
el servicio que supone el objeto del contrato.
En caso de empate entre dos o más ofertantes, se adjudicará el contrato a aquel
que haya realizado una oferta económica a la baja mayor en beneficio de SFC.
Los miembros del órgano de contratación podrán solicitar copia de la
documentación válidamente presentada por los ofertantes, bajo obligación de
guardar absoluto secreto sobre el contenido de las ofertas, y previa firma de
conformidad del oportuno documento de confidencialidad.
Ñ. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN.
Una vez concluido el proceso de valoración, el/la profesional
propuesto/a, en el plazo improrrogable de 7 días naturales, a contar desde la
fecha de publicación del resultado en la Sede Electrónica de SFC, deberá
justificar documentalmente, con documentos originales, los requisitos exigidos
en estas Bases.
Si, dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no
presentase la documentación, no podrá ser contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber
incurrido por falsedad en su oferta. En tales circunstancias, será llamado/a
el/la profesional que aparezca a continuación según la lista de preferencia del
órgano de contratación.
Se declarará desierto el procedimiento cuando no concurra ningún/a
profesional que reúna los requisitos establecidos o no cumpla con el preceptivo
criterio de idoneidad y aptitud para su contratación.
 
 
O. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Se procederá a la formalización del contrato de trabajo con el/la profesional
designado/a en el plazo improrrogable de 7 días naturales desde la fecha de
acreditación de los requisitos.
P. LISTA DE RESERVA
Sin perjuicio de lo establecido en la base precedente, los/las profesionales que
habiendo presentado oferta válida sean así considerados/as por el órgano de
contratación, integrarán una lista de reserva, según el orden que el órgano de 
contratación determine, a la que podrá acudirse cuando por cualquier
circunstancia no pueda suscribirse el oportuno contrato o se produzca una
terminación anticipada al transcurso de un año desde la firma del contrato
inicial. La Lista de Reserva tendrá una vigencia de un año a contar desde la
fecha de publicación de la resolución del presente proceso.
 
 
Q. NORMATIVA.
Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en las normas que
regulan la subvención concedida por el Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital referida en el apartado A y demás disposiciones que sean
de aplicación.
Para cualquier controversia que se pueda derivar de este procedimiento, será
inapelable la decisión del órgano de contratación si bien, en el caso de que
legalmente proceda recurso ante cualesquiera órgano jurisdiccional, serán
competentes los de la ciudad de Valladolid, sede oficial de la SFC.

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