La salida del Reino Unido de la Unión Europea ha provocado importantes cambios en la política inmigratoria y específicamente en las condiciones laborales de trabajadores británicos de la industria de rodajes. Actualmente los trabajadores británicos neceistan un visado para poder entrar en España por motivos laborales.
Entre las disposiciones mas importantes destacamos:
- Los que están residiendo y/o trabajando ya en España no tienen problema. Deben solicitar nueva tarjeta y el procedimiento está siendo muy ágil. Todo aquel que está residiendo y/o trabajando en España antes del 31 de diciembre de 2020 es beneficiario del acuerdo de retirada, incluso si está trabajando de forma temporal. Deben cumplir los requisitos del artículo 7 de la Directiva (un contrato laboral).
- Los que vengan a trabajar a partir del 1 de enero de 2021 en adelante tendrán que solicitar el visado por el régimen general como si se tratara de un tercer país (ej. USA), sin excepciones para el sector audiovisual por el momento.
- Los únicos permisos que están a la espera son los que se refieren a traslados intraempresariales porque están pendientes de ver cómo queda el tema de la seguridad social en el acuerdo de retirada.
En la siguiente guía publicada en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se explican los procedimientos y los pasos para poder solicitar el visado para entrar en España (página 38)
http://www.inclusion.gob.es/ficheros/brexit/GUIA-BREXIT-ES.pd
En estos momentos, Spain Film Commission no tiene potestad para emitir ningún tipo de certificado o salvoconducto en el caso de la entrada de equipos de rodaje británicos a España.
Cepa COVID-19 Reino Unido de Gran Bretaña
Desde el 22 de diciembre de 2020 en España estaban en vigor las restricciones impuestas por el Gobierno las cuales prohibían la entrada de los nacionales británicos en España, sin excepciones. Esta orden se extiendió hasta el 30 de marzo de 2021. La prohibicón ya está quitada pero los nacionales británicos deben seguir todo el protocolo anteriormente explicado para la obtención de visado para poder rodar en España.
En este enlace del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se encuentra toda la información además de lo establecido en ell Boletín Oficial del Estado del 15 de enero de 2021.