Tasas de rodaje
En España no existe un sistema unificado de aplicación de tasas a los rodajes.
La aplicación de tasas de rodajes para el uso de espacios y edificios públicos está regulada en función de cada territorio del país. Los plazos de concesión, los procedimientos y los valores también difieren dependiendo del tipo de producción audiovisual para la que se solicita.
En el caso de las vías interurbanas y travesías, excepto las situadas en País Vasco, Navarra y Cataluña, la Dirección General de Tráfico emite una autorización especial, cuyo trámite se realiza vía telemática en este enlace o en las delegaciones territoriales en cada comunidad autónoma.
Existen también tasas de rodajes específicas para áreas naturales, uso de instalaciones especiales y singulares.
En las ciudades o municipios sin normativa específica donde se regulan las tasas de rodaje, se suele aplicar una tasa de ocupación de suelo público: los espacios que se ocupan para rodajes y aparcamientos de los vehículos u otros elementos del rodaje.
En el caso de propiedades privadas, las empresas de servicios a la producción o de gestión de propiedades cuentan con catálogos de localizaciones disponibles con sus tarifas. En cada caso, habrá que negociar con los propietarios.